Derecho agrario
Asesoría y defensa para ejidatarios, comuneros, avecindados y pequeños propietarios en la protección de la tierra y los derechos agrarios.
Asuntos en derecho agrario
- Sucesión de derechos agrarios
- Adopción del dominio pleno
- Enajenación de derechos parcelarios y derecho del tanto
- Nulidad de actos, contratos y asambleas
- Conflictos de posesión y restitución de tierras
- Prescripción adquisitiva en materia agraria
- Juicios ante Tribunales Agrarios
- Trámites ante el Registro Agrario Nacional
Tiempos que no conviene dejar pasar
| Supuesto | Plazo | Fundamento |
|---|---|---|
| Ejercer el derecho del tanto (cónyuge e hijos) en la enajenación de derechos parcelarios | 30 días naturales desde la notificación | Ley Agraria, art. 80 |
| Caducidad del juicio agrario por inactividad o falta de promoción del actor | 4 meses | Ley Agraria, art. 190 |
Plazos generales. Consulte su caso: algunos plazos dependen de la acción que se ejerza.
Lo que más nos preguntan
Falleció el titular de los derechos agrarios. ¿Qué sigue?
Se revisa si dejó lista de sucesión inscrita en el Registro Agrario Nacional. Si no la hay, la ley establece un orden de preferencia y, en caso de conflicto, se tramita ante el Tribunal Agrario.
¿Puedo vender mi parcela?
Los derechos parcelarios pueden enajenarse a otros ejidatarios o avecindados del mismo núcleo, respetando el derecho del tanto del cónyuge e hijos. Para venderla a terceros ajenos al ejido se requiere, por regla general, el dominio pleno.
Mi demanda agraria lleva meses sin moverse. ¿Hay riesgo?
Sí. Si el actor no promueve durante cuatro meses, el juicio puede caducar. Conviene dar seguimiento activo al expediente.
¿La primera consulta tiene costo?
No. La orientación inicial no tiene costo: escuchamos su caso y le indicamos si existe una vía jurídica y qué plazo corre. Si decide contratarnos, le entregamos por escrito el alcance del servicio y los honorarios.
¿Atienden en línea?
Sí. Atendemos en línea y de forma presencial en Ciudad de México, Estado de México, Puebla y Tlaxcala, previa cita.
¿Qué debo tener a la mano para la consulta?
Los documentos que haya recibido (oficios, actas, notificaciones, resoluciones) y la fecha en que se los notificaron. Con la fecha podemos calcular el plazo que corre.
