Juicio de amparo
Promovemos el juicio de amparo para proteger sus derechos frente a actos de cualquier autoridad, con atención a los plazos que cada caso exige.
Asuntos en juicio de amparo
- Amparo indirecto ante juzgados de distrito
- Amparo directo contra sentencias definitivas
- Suspensión del acto reclamado
- Amparo en materia administrativa, agraria y fiscal
- Recursos de revisión y queja
- Cumplimiento y ejecución de sentencias de amparo
Tiempos que no conviene dejar pasar
| Supuesto | Plazo | Fundamento |
|---|---|---|
| Regla general para presentar la demanda | 15 días hábiles | Ley de Amparo, art. 17 |
| Contra normas generales autoaplicativas | 30 días hábiles | Ley de Amparo, art. 17, fr. I |
La ley prevé excepciones con plazos distintos, por ejemplo en materia agraria y penal. Consulte su caso cuanto antes.
Lo que más nos preguntan
¿Desde cuándo corre el plazo de 15 días?
Desde el día siguiente a que surta efectos la notificación del acto, o a que usted tuvo conocimiento de él o de su ejecución, según el caso.
¿Qué es la suspensión?
Es la medida que puede ordenar el juez para que las cosas se mantengan como están mientras se resuelve el amparo. Se solicita en la demanda y es clave cuando el acto puede causar un daño difícil de reparar.
¿Puedo promover amparo directamente o debo agotar recursos?
Por regla general hay que agotar los recursos ordinarios, aunque la ley prevé excepciones. Revisar este punto evita que la demanda sea improcedente.
¿La primera consulta tiene costo?
No. La orientación inicial no tiene costo: escuchamos su caso y le indicamos si existe una vía jurídica y qué plazo corre. Si decide contratarnos, le entregamos por escrito el alcance del servicio y los honorarios.
¿Atienden en línea?
Sí. Atendemos en línea y de forma presencial en Ciudad de México, Estado de México, Puebla y Tlaxcala, previa cita.
¿Qué debo tener a la mano para la consulta?
Los documentos que haya recibido (oficios, actas, notificaciones, resoluciones) y la fecha en que se los notificaron. Con la fecha podemos calcular el plazo que corre.
